¿Adiós a los cheques y pagarés impresos en México?

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito

Adiós a los cheques y pagarés impresos en México. Créditos: Imagen de Freepik

La Secretaría de Gobernación (Segob) publicó un decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito y de la Ley General de Organizaciones y Actividades Auxiliares del Crédito, que priorizan la emisión electrónica de cheques y pagarés como títulos de crédito.

La reforma se publicó el pasado 26 de marzo en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el artículo 5 define a los títulos de crédito como «los documentos necesarios para ejercitar el derecho literal que en ellos se consigna, con independencia de que se emitan por medios escritos o electrónicos», es decir los cheques y pagarés.

¿Qué pasará con los cheques y pagarés impresos?

Con la reforma a los cheques y pagarés «podrán emitirse en medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología a través de un sistema de información que se usará para generar, transmitir, recibir, entregar, o procesar de alguna otra forma mensajes de datos, en términos del artículo 89 del Código de Comercio».

Para efectos de lo dispuesto en el párrafo anterior, los títulos de crédito emitidos en medios electrónicos, ópticos o por cualquier otra tecnología se considerarán mensaje de datos en los términos del Título Segundo del Libro Segundo del Código de Comercio y no se desconocerán efectos jurídicos, validez, ni exigibilidad de los derechos consignados en dichos títulos por la sola razón de que estén contenidos en un mensaje de datos, con lo que se precisa el alcance de los cheques y pagarés electrónicos.